Regularización

Renuncia al Beneficio

¿Cuándo procede?

La renuncia a un beneficio procede cuando el beneficiario decide devolver la vivienda recibida del Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda, en idénticas condiciones de entrega (buen estado de conservación), libre de deudas, muebles y ocupantes, siempre que no tenga el título de propiedad.

¿Quién puede tramitar?

La renuncia a una vivienda solo la puede tramitar el/los beneficiario/s.

¿Qué se debe presentar?

    - Copia del documento de identidad del beneficiario.
    - Copia de la última boleta emitida por el Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda correspondiente al plan de amortización de cuotas de la vivienda. (abonada)
    - Copia de la última boleta del impuesto inmobiliario o última boleta de las tasas retributivas de servicios municipales correspondientes a la vivienda en cuestión. (abonada)
    - Copia de la última boleta de SAMEEP correspondiente a la vivienda en cuestión. (abonada)
    - Copia de la última boleta de SECHEEP correspondiente a la vivienda en cuestión. (abonada)